Una nueva sentencia abre la puerta a reclamar las comisiones de apertura de las hipotecas

Durante décadas, los bancos han cobrado a sus clientes diferentes cláusulas abusivas que ahora se pueden reclamar para recuperar ese dinero. Una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pone en el punto de mira a las comisiones de apertura de las hipotecas. Recomendamos a todas las personas afectadas que consulten su caso con nuestros expertos.
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El pasado 16 de marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia que abre la posibilidad de declarar nulas, por abusivas, las comisiones de apertura que los bancos incluyen habitualmente en los contratos de las hipotecas.

La comisión de apertura es una cantidad que las entidades financieras cobran a sus clientes cuando suscriben una hipoteca, como pago por las gestiones administrativas que deben llevar a cabo para formalizar el contrato. Normalmente se establece en base a un porcentaje sobre el préstamo concedido (entre el 0,5% y el 2%), si bien algunos bancos la presentan como un importe fijo.

En su sentencia, el TJUE señala que no se puede descartar que estas cláusulas sean abusivas, debido a que no forman parte del objeto principal del contrato hipotecario, sino a una labor interna de la entidad bancaria de cara a estudiar la concesión del crédito. En concreto, el tribunal considera que serían abusivas si el precio de la comisión no tiene relación con un servicio proporcionado como contrapartida, o si el banco no da información al cliente sobre estas comisiones, o si el precio que establece es «desproporcionado» respecto al préstamo.

Tras el dictamen europeo, se abre la posibilidad de que los clientes reclamen a sus entidades financieras la devolución de estas cantidades. Además, se trata de una acción que no prescribe, por lo que no existe un plazo establecido para reclamar, de forma que los usuarios podrán hacerlo con independencia de la fecha en que suscribieron su contrato hipotecario.

Lo previsible es que, en primera instancia, los bancos se nieguen a la devolución. En ese caso, sería necesario acudir a los tribunales, que deberían analizar en cada caso si el cobro de esas cláusulas de apertura fue abusivo.

El precedente de los gastos hipotecarios

En nuestra opinión existen muchas posibilidades de que, al igual que sucedió con los gastos hipotecarios, los juzgados de primera instancia terminen obligando a las entidades bancarias a devolver estas cantidades. En aquel caso, el Tribunal Supremo resolvió que los gastos derivados de la formalización de una hipoteca deben ser sumidos por el banco, y no por el consumidor. De esta forma, todas las personas que hayan suscrito hipotecas antes de 2017 tienen derecho a la restitución del 100% de los gastos de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. Dependiendo de la cuantía de la hipoteca, estos gastos pueden oscilar entre 500 y 2.000 euros.

A raíz de la sentencia del TS, miles de personas están reclamando a sus bancos la devolución de los gastos hipotecarios, tanto si las hipotecas siguen en vigor como si fueron canceladas tras la devolución del dinero prestado. En este segundo caso, las entidades financieras han intentando evitar los pagos alegando que el contrato hipotecario había expirado y, por tanto, no ha lugar a revisar la validez de las cláusulas abusivas ni a corregir sus efectos. Sin embargo, las audiencias provinciales se están pronunciando claramente en favor de los usuarios, también cuando la reclamación de los gastos se realiza después de la cancelación de la hipoteca.

Consulta tu caso con nuestros expertos

Por lo tanto, recomendamos a todas las personas que hayan suscrito una hipoteca con cláusula de apertura que consulten su caso con nuestros expertos, de cara a estudiar si es posible reclamar al banco la devolución de estas cantidades. En ERREKLAMATU este servicio de consulta y asesoramiento es gratuito: te confirmaremos si te cobraron indebidamente la comisión de apertura, y comprobaremos también si te cobraron los gastos hipotecarios o si te aplicaron una cláusula suelo, en cuyo caso también podríamos reclamarla.

Si finalmente decides reclamar la devolución de la comisión de apertura, o realizar cualquier otra reclamación bancaria, en ERREKLAMATU nos ocuparemos de todo el proceso, afrontaremos todos los gastos, incluido el procurador y las costas, y solo cobraremos si ganamos el caso. Concretamente, nuestros honorarios serán el 22% de la cantidad que consigamos recuperar para ti. Es decir, si no recuperamos tu dinero no te cobraremos nada.

En ERREKLAMATU nos dedicamos principalmente a las reclamaciones de vuelos, pero también atendemos muchos casos de cláusulas abusivas en hipotecas y otros productos bancarios. Y nuestra filosofía siempre es la misma: solo cobramos si ganamos.

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Nuestros abogados expertos analizarán tu caso y te informarán sobre la viabilidad de tu reclamación. Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo para asesorarte.

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