Reclamar comisión de apertura

Todas las personas que hayan suscrito una hipoteca con comisión de apertura pueden reclamar su devolución tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

¡Reclama la comisión de apertura de tu hipoteca y recupera tu dinero!

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Consulta gratis

Nuestros abogados expertos analizarán tu caso y te informarán sobre la cantidad que tu banco te debe devolver. Déjanos tus datos y nos pondremos en contacto contigo para asesorarte.

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* Si lo prefieres, nos puedes llamar tú al teléfono 944 027 596 (de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas y de 16.00 a 18.00 horas), o nos puedes enviar un email a info@erreklamatu.com

¿Cómo funciona nuestro servicio?

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Información y consulta gratis

Si suscribiste una hipoteca con comisión de apertura, es muy probable que puedas recuperar ese dinero. Consúltanos tu caso gratis y sin compromiso. Somos expertos en la materia; te informaremos sobre tus derechos y te aconsejaremos qué hacer.

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Fácil, rápido y seguro

Si decides contratar a ERREKLAMATU para reclamar la comisión de apertura de tu hipoteca y conseguir la devolución de las cantidades que te cobraron indebidamente, no vas a tener que preocuparte de nada en todo el proceso: nuestros abogados lo harán por ti.

Icon Erreklamatu Garantia Total

Garantía total: solo cobramos si ganamos

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Acuerdo o demanda

Una vez que formalicemos la reclamación, tenemos dos vías para recuperar tu dinero: llegar a un acuerdo con tu entidad bancaria o, si esto no es posible, demandar a la compañía financiera por la vía judicial y que un tribunal tome la decisión.

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Solo cobramos si ganamos

En ambos supuestos, ERREKLAMATU corre con todo el trabajo y con todos los gastos, incluidos los de procurador. Solo tendrás que pagar por nuestros servicios si logramos la devolución de los gastos hipotecarios. En concreto, los honorarios serán el 22% de la cantidad recuperada (+IVA).

Comisión de apertura de hipoteca. ¿Qué es?

La comisión de apertura de una hipoteca es un cargo que las entidades financieras cobran a sus clientes cuando se les concede un préstamo hipotecario. Los bancos han justificado el cobro de esta comisión por los gastos administrativos y de gestión relacionados con la formalización del préstamo, tales como la elaboración del contrato de préstamo y el estudio y análisis de la solvencia del cliente.

La comisión de apertura suele oscilar entre el 0,5% y el 2% del importe de la hipoteca, y se cobra en la firma del contrato de préstamo. Sin embargo, no todos los bancos han cobrado esta comisión a sus clientes, y hay bancos que en algunos casos lo han hecho y en otros no. Por lo tanto, su inclusión en los contratos es arbitraria y no se corresponde realmente con la prestación de ningún servicio.

Sentencias sobre la comisión de apertura

En el Estado español, la comisión de apertura de las hipotecas ha generado controversia en los últimos años y ha sido objeto de distintas sentencias judiciales. En primera instancia, varias audiencias provinciales emitieron fallos divergentes acerca de la transparencia y abusividad de esta cláusula. En respuesta a esta discrepancia, en enero de 2019 el Tribunal Supremo señaló que el cobro de una comisión de apertura por la concesión de un préstamo no era abusiva “porque era una parte fundamental del préstamo”, de forma que no había lugar a la devolución de estas cantidades.

Sin embargo, esta resolución fue rebatida en julio de 2020 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estableció que los bancos sí debían devolver los gastos derivados de una cláusula abusiva de constitución de una hipoteca, y que, en caso de no hacerlo, los jueces estatales podrían obligarles a restituir esas cantidades a sus clientes. Sin embargo, el Tribunal Supremo se mantuvo en su interpretación y planteó al tribunal europeo varias preguntas prejudiciales en las que ponía en duda su fallo de 2020.

Comisión de apertura abusiva

El 16 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió la cuestión en una nueva sentencia en la que analizó las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo. En el fallo, el tribunal europeo desautorizó al TS y abrió definitivamente la vía a poder reclamar en los juzgados la devolución de las comisiones de apertura cobradas por los bancos.

En su dictamen, el TJUE señaló que no se puede descartar que estas cláusulas sean abusivas, debido a que no forman parte del objeto principal del contrato hipotecario, sino a una labor interna de la entidad bancaria de cara a estudiar la concesión del crédito. En concreto, el tribunal considera que serían abusivas si el precio de la comisión no tiene relación con un servicio proporcionado como contrapartida, o si el banco no da información al cliente sobre estas comisiones, o si el precio que establece es «desproporcionado» respecto al préstamo.

Dicho de otra manera, para que el cobro de la comisión de apertura fuera legítimo debería responder a la prestación de un servicio concreto que fuera entendible por la persona que lo contrata. Sin embargo, detrás de esta comisión no hay ningún servicio conocido y, de hecho, hay algunas personas a las que se cobra y otras a las que no.

Nulidad de la comisión de apertura

Tras la sentencia europea, se abre la posibilidad de que los clientes reclamen a sus entidades financieras la nulidad de la comisión de apertura y, por lo tanto, la devolución de las cantidades pagadas indebidamente. Lo previsible es que, en primera instancia, los bancos se nieguen a hacer la devolución. En ese caso, sería necesario acudir a los tribunales, que deberían analizar en cada caso si el cobro de esas cláusulas de apertura fue abusivo.

Tomando como base la última sentencia europea, así como la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de otras instancias menores, creemos que existen muchas posibilidades de que los tribunales declaren la abusividad de la comisión de apertura, y que, al igual que sucedió con los gastos hipotecarios, los juzgados de primera instancia terminen obligando a las entidades bancarias a devolver estas cantidades.

Por este motivo, desde ERREKLAMATU recomendamos a todas las personas que hayan suscrito una hipoteca con cláusula de apertura que consulten su caso con nuestros expertos, de cara a estudiar si es posible reclamar al banco la devolución de estas cantidades.

¿Desde qué año se puede reclamar la devolución de la comisión de apertura de tu hipoteca?

El derecho a solicitar el reembolso de cláusulas abusivas no está sujeto a plazo de prescripción ni caducidad. Por lo tanto, se pueden reclamar la devolución de la comisión de apertura de todas las hipotecas que contengan esta cláusula, sin importar el año en que fueron suscritas.

La mayor parte de las hipotecas contratadas en las últimas décadas han incluido una comisión de apertura y, por lo tanto, se podrían reclamar.

Plazo para reclamar la devolución de la comisión de apertura de tu hipoteca

El cobro indebido de cláusulas abusivas es una acción que no prescribe, por lo que no existe un plazo establecido para reclamar la devolución de la comisión de apertura de una hipoteca. De esta forma, los usuarios podrán hacerlo con independencia de la fecha en que suscribieron su contrato hipotecario.

Nuestra recomendación es que consultes siempre tu caso con un experto de ERREKLAMATU, independientemente de cuándo suscribiste la hipoteca.

Cómo reclamar la devolución de la comisión de apertura de tu hipoteca

Reclamar a las entidades bancarias la devolución de la comisión de apertura es un proceso en el que la jurisprudencia está, en principio, de parte del consumidor. El problema es que es un procedimiento complejo, y en ocasiones hay que interponer una demanda judicial, que tiene unos procedimientos legales y unos costes. Y los bancos cuentan con buenos equipos de abogados.

Si dejas el caso en nuestras manos, te evitas ese problema. En ERREKLAMATU nos ocuparemos de todo hasta conseguir la devolución de la comisión de apertura de tu hipoteca, y además afrontaremos todos los costes, incluido el procurador y las costas. Tampoco te vamos a cobrar un adelanto por nuestros servicios, y si finalmente no recuperamos tu dinero no vas a tener que pagarnos nada.

Documentación necesaria para reclamar la comisión de apertura

Si deseas pedir la devolución de la comisión de apertura de tu hipoteca, la única documentación que nos debes aportar es la copia de la escritura.

Una vez que nos encargues la reclamación, nuestro equipo jurídico se pondrá en marcha para tratar de lograr un acuerdo con la entidad financiera o, de lo contrario, llevar el caso a los tribunales. En cualquiera de las dos opciones, el proceso durará unos meses. Cuando el caso se resuelva nos pondremos en contacto contigo para informarte del resultado y, si lo hemos ganado, te haremos llegar las cantidades recuperadas de la forma que nos indiques. En todo el proceso no vas a tener que pagar ningún adelanto, y ERREKLAMATU asumirá los costes derivados de la demanda.

Cuánto tiempo tardan en devolver la comisión de apertura

El plazo de devolución de la comisión de apertura dependerá de si logramos un acuerdo extrajudicial con el banco o si tenemos que acudir a los tribunales. En el primer caso, el plazo será más corto, en torno a seis meses. Y si vamos a juicio, también dependerá de los juzgados en los que tengamos que interponer la demanda. En la mayoría de los casos, desde la presentación de la demanda hasta que la sentencia se hace pública pueden pasar entre 6 y 24 meses.

Los mejores abogados para reclamar la comisión de apertura

Si has suscrito una hipoteca en las últimas décadas, tu banco te debe dinero y lo puedes recuperar. Consúltanos tu caso de manera gratuita y sin ningún compromiso. Te confirmaremos si te cobraron indebidamente la comisión de apertura y los gastos hipotecarios, y comprobaremos también si te aplicaron una cláusula suelo, en cuyo caso también podríamos reclamarla. Igualmente, podemos reclamar por ti los gastos de tarjetas revolving, cuyos intereses también fueron declarados abusivos por el Tribunal Supremo.

En ERREKLAMATU contamos con los mejores abogados especializados en reclamaciones bancarias, y nos avalan diez años de experiencia en el sector, un altísimo porcentaje de reclamaciones ganadas y la satisfacción de los cientos de clientes que han confiado en nosotros para recuperar sus gastos hipotecarios.

Solo cobramos si ganamos

Una de las principales características de nuestro servicio de reclamaciones bancarias es que solo cobramos si ganamos. De hecho, la minuta se extrae de la cantidad recuperada. Concretamente, en reclamaciones bancarias cobramos el 22% de la indemnización que consigamos para nuestros clientes.

La mayor indemnización, lo antes posible

En ERREKLAMATU nos tomamos muy en serio nuestro trabajo, nos esforzamos por dar el mejor servicio a los clientes y solo cobramos si ganamos. Por estas tres razones, nuestro interés, como el tuyo, es conseguir la devolución de la mayor cantidad lo antes posible.

En este sentido, te podemos asegurar la máxima diligencia en la gestión de tu caso, y siempre te vamos a informar puntualmente de cualquier novedad que haya en tu expediente. Además, si en algún momento necesitas consultar algún detalle sobre tu demanda, siempre vamos a estar al otro lado del email o del teléfono para hablar contigo.

 

En ERREKLAMATU ponemos a tu disposición los mejores abogados para reclamar los gastos de tu hipoteca. Así tendrás más opciones de que tu demanda se resuelva con éxito y podrás conseguir la máxima indemnización.

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