Las reclamaciones por pérdidas de maletas o retrasos en su entrega se rigen por el Convenio de Montreal, que establece una serie de garantías para los usuarios de vuelos de todas las aerolíneas en cualquier parte del mundo. En virtud de este reglamento, las compañías deberán abonar los gastos en que hayan incurrido los viajeros a consecuencia de la pérdida o retraso en la entrega de su equipaje. Y si su maleta no aparece en 21 días, la aerolínea la dará por perdida y los pasajeros tendrán derecho a una indemnización por pérdida de equipaje.
Además, aparezca o no el equipaje en ese plazo de 21 días, es probable que los inconvenientes que nos haya generado la incidencia den motivo también a pedir una compensación añadida por daños morales.
Es el caso de dos vascos que tomaron un vuelo de Biarritz a Bangkok, con escalas, el 31 de julio de 2018. En el aeropuerto de Zurich comprobaron que sus maletas no aparecían, interpusieron la correspondiente reclamación y el equipaje no les fue devuelto hasta el 7 de agosto en Bangkok. En el viaje de vuelta, la maleta de uno de los pasajeros tampoco apareció, y no la recibió en casa hasta tres días después.
En una sentencia reciente, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián estimó parcialmente la demanda de estos pasajeros, interpuesta por el abogado Oscar Sánchez, de ERREKLAMATU, y condenó a la compañía a abonarles 700 euros de indemnización por daños morales a cuenta del retraso en la entrega de las maletas en el vuelo de ida, y otros 90 euros por la del vuelo de vuelta. Una cantidad que se suma a la indemnización por daños materiales que recibieron los pasajeros, de 498,20 euros, por los gastos que tuvieron que afrontar a causa del retraso en la entrega de los equipajes.
En caso de cancelación
Si tu vuelo ha sido cancelado, en caso de que el aeropuerto de salida y la compañía no sean de la Unión Europea, el Convenio de Montreal también rige sobre tu incidencia y podremos reclamar una compensación por daños morales añadida a la indemnización por daño material.
Es el caso de un pasajero vasco a quien la compañía Air Canada denegó el embarque en un vuelo Montreal – Londres, dentro del trayecto Montreal-Londres-Lisboa-Bilbao, el 30 de agosto de 2019. En una sentencia reciente, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao estimó la demanda presentada por el abogado de ERREKLAMATU Oscar Sánchez y condenó a la compañía a indemnizar al usuario con 350 euros por daños morales, sumados a otros 938,80 euros por daño económico -el vuelo de vuelta que tuvo que tomar- y a 96,66 euros por varias llamadas telefónicas que tuvo que realizar.
En los casos en que la cancelación se produce en un vuelo que sale de Europa o es operado por aerolíneas europeas, las indemnizaciones se rigen por un reglamento comunitario que también habilita la compensación por daño moral. Sin embargo, los jueces habitualmente entienden que las indemnizaciones previstas en este reglamento ya conllevan el resarcimiento de ese daño.
Más información aquí: reclamar vuelo cancelado.